En el fraccionamiento barraverde, lote a pasos del hotel casino mantra con su cine, spa, resto y cafe, y a 800 mts de playa montoya. Ubicado en la zona mas alta del mismo. Posible adquirir lote lindero al sureste de 1.624 mt2 en mismo valor por m2 (ver plano publicado) y en ese caso posible desarrollar bloque bajo. Con servicios: agua corriente, sanemiento, luz y teléfono (ambos subterráneos). Normativa de edificación: normativa de edificación: se permiten bloques bajos de hasta 9 mts de altura y unidades locativas aisladas o apareadas. B) normas especiales: no se autorizan bloques medios ni altos. En conjuntos de bloques la separación mínima entre edificios es de 8 mts. Los bloques incluidos sus balcones, terrazas, salientes y basamentos deberán estar incluidos en una circunferencia de diámetro igual a 42, 50 mts y no podrán superar los 900 m2 de planta. C) dimensiones mínimas de predios: - bloques bajos: área 1200 m2. Y frente 30 mts.- conjuntos de bloques bajos: 900 m2. Por bloque y 30 mts. De frente.- conjuntos de unidades locativas aisladas o apareadas: 600 m2 por unidad o par. D) retiros mínimos: - frontales: - bloques bajos: 6 mts. - unidades aisladas o apareadas: 4 mts.- bilaterales: - bloques bajos: 3 mts, debiendo la suma promedial de los laterales superar 8 mts.- unidades aisladas o apareadas: 2 mts. Debiendo su suma promedial ser mayor a 6 mts. - de fondo: - bloques bajos: 4 mts. - unidades aisladas o apareadas: 3 mts. E) altura máxima: - bloques bajos: 9 mts. (pb + 2pa) - unidades aisladas o apareadas: 7 mts. (pb + pa) f) ocupación: bloques bajos: f.o.s ss. : 40% f.o.s: 20% f.o.s.v : 60% f.o.t. : 60% las unidades locativas aisladas o apareadas se rigen por el inciso g) del artículo 236º) del decreto 3718/1997, en la redacción dada por el artículo 1º del decreto 3904/2012.